lunes, 26 de septiembre de 2016

Normas Apa.

Normas Apa.

Las normas APA tienen su origen en el año 1929, cuando un grupo de psicólogos, antropólogos y administradores de negocios acordaron establecer un conjunto de estándares o reglas que ayudan a la hora de codificar varios componentes de la escritura científica con el fin de facilitar la comprensión de la lectura.

La última versión de las normas APA corresponde a la sexta edición, este manual cuenta con mas de 300 páginas.  Una de las principales razones para usar normas APA en su publicación es que a nivel internacional es uno de los estándares mas aceptados.

FORMATO:
 
Para presentar un trabajo con formato APA se debe tener ciertas consideraciones respecto al formato, a continuación se describe el formato APA para un artículo científico. Tenga en cuenta que su institución puede variar algunos de estos parámetros. 


TIPO DE PAPEL
  • Tamaño: Carta  (Letter) / papel 21.59 cm x 27.94 cm (8 1/2” x 11”).

MÁRGENES

Margenes indicadas por el formato APA para las paginas del contenido del trabajo escrito:
  • Hoja: 2.54 cm (1 pulgada) en cada borde de la hoja (Superior, inferior, izquierda, derecha).
  • Sangria: Es necesario dejar  5 espacios en la primera línea de cada párrafo.

FUENTE O TIPO DE  LETRA

Los siguientes son as especificaciones del formato APA para el contenido:
  • Fuente: Times New Roman
  • Tamaño :  12 pts.
  • Alineamiento: Izquierda
  • Interlineado: 2.

NUMERACIÓN DE PÁGINAS

Este estilo APA o formato APA tiene reglas específicas para la numeración de páginas. Los números comienzan en la página del título o portada del documento y deben estar ubicados en la esquina superior derecha. La numeración desde la página de de copyright hasta las listas de tablas y figuras incluyendo las páginas de dedicatoria y prefacio deben estar numeradas con números romanos. En el formato APA el contenido del documento (desde introducción en adelante) debe estar numerado con números arábigos.
Al final de esta entrada encontrarás el enlace a la plantilla con estas configuraciones del formato APA,

ABREVIACIONES EN FORMATO APA

Las normas APA permiten abreviar ciertas palabras que a continuación se listan:
  • Capítulo: cap.
  • Edición: ed.
  • Edición revisada: ed. rev
  • Editor (Editores): ed
  • Traductor (es): trad.
  • Sin fecha: s.f
  • Página (páginas): p. (pp.)
  • Volumen: Vol.
  • Número: núm
  • Parte: Pt.
  • Suplemento: Supl

Aprendizaje Como Formacion Integral.

Orientaciones para la Redaccion y Presentacion de Textos.

Orientaciones para redactar textos narrativos

Las actividades que puede utilizar el profesor para la enseñanza de la composición de textos narrativos pueden ser:
-Analizar cuentos ya escritos. 

-Identificar  la estructura que poseen. 

-Ayudar al alumno en la redacción organizada mediante preguntas que faciliten la composición del relato ¿dónde ocurrió?, ¿cuándo?, ¿quién es el personaje principal?, ¿qué ocurrió primero?, ¿qué hizo el personaje principal?, ¿cómo se sintió?, ¿cómo termina la historia?
-Proporcionarles tres o cuatro viñetas con dibujos que al unirse representen una historia. La tarea del alumno consistirá en ordenar las viñetas y contar lo que ocurre en cada una de ellas utilizando palabras de unión o nexos entre cada acción con el objetivo de elaborar una historia coherente, primero de forma oral y después por escrito.
-Realizar distintas narraciones con un inicio distinto: Por impresión personal, Por el tiempo, Por el lugar, Por la anécdota, Por los personajes, Por los personajes y el tiempo, Por los personajes y el lugar.

Orientaciones para redactar textos expositivos

Las actividades que puede utilizar el profesor para la enseñanza de la composición de textos expositivos pueden ser:
-Realizar de un texto expositivo un análisis de los elementos que lo componen: título, introducción, desarrollo y conclusión. 

-Proponer un tema y a partir de ahí los alumnos deben realizar un texto expositivo, guiándose del guión de las subtareas: Generar ideas, organizar ideas y presentar el texto. 

-Partir de un esquema o de un mapa conceptual para elaborar un breve texto.

Orientaciones para redactar textos argumentativos
Las actividades que puede utilizar el profesor para la enseñanza de la composición de textos argumentativos pueden ser:
-Seleccionar textos de periódicos apropiados y variados. El alumno deberá localizar la tesis y los argumentos. 

-Enunciar una tesis de acuerdo a los intereses de los alumnos, (por ejemplo:  una persona debe hacer en cualquier momento lo que le apetezca, los sábados por la noche a partir de los 16 años puede llegar a casa cuando quiera, etc..) y proponerles que realicen por escrito argumentos a favor y en contra de dicha tesis. 

-Realizar individualmente un texto con su tesis y sus argumentos. Después cada alumno lee sólo los argumentos. Los demás deben de averiguar cual es la tesis. 

-Escoger un tema de actualidad y proponed una tesis sobre la que haya acuerdo en clase (la paz en el mundo, la discriminación, etc…) y realizar argumentaciones a favor. Previamente pedir que realicen un esquema. 

-Analizar anuncios: Construir un titular (tesis) y a continuación escribir argumentos a favor del producto o servicio.

Orientaciones para redactar textos descriptivos

Para describir un objeto individual el alumno debe seguir los siguientes pasos:
-Observar detalladamente el tamaño, la forma, los componentes, etc. 

-Seleccionar las características más destacadas desde un punto de vista, siguiendo un cierto orden: de arriba abajo, de izquierda a derecha, de dentro a afuera, etc.

-Para describir un paisaje o lugar debe seguir los siguientes pasos: Identificar, teniendo en cuenta que un paisaje o lugar está compuesto por varios elementos diferentes: personas, animales, casas, naturaleza, sucesos, etc. Situarse figuradamente en un lugar desde donde contar cómo es ese lugar, físicamente,  emocionalmente, etc. Describir las personas, objetos, animales que hay en él (nombre, adjetivos, acciones, parecidos, usos, posiciones, etc.) y lo que sucede.
-Para describir a una persona –retrato- se deben seguir los siguientes pasos: Tener en cuenta que una persona tiene rasgos físicos y psíquicos. En la descripción de los rasgos físicos solemos estar de acuerdo varias personas y en la descripción de los rasgos psíquicos no estamos tan de acuerdo varias personas. Observar a la persona. Seleccionar lo que para uno es importante de esa persona.
Orientaciones para la presentacion de Textos:  
 1. Un mensaje por diapositiva :
El objetivo es que el público escuche lo que tengas que decir, no que esté leyendo parrafadas. Listas y párrafos interminables matan el interés.Pon un solo concepto por diapositiva. No mezcles temas. Escribe mensajes únicos, breves y de fácil comprensión. 

2. Cuenta una historia de principio a final:

Conecta las diapositivas entre ellas a través de un argumento; las narraciones mantienen el interés del espectador. Tus mensajes difícilmente tendrán fuerza si no están conectados.
3. Solo imágenes grandes y de alta calidad
Las imágenes cuentan más que mil palabras, pero solo si son buenas. Por buenas imágenes nos referimos a: Imágenes con resolución alta (mínimo 800×600), Formato PNG o JPG con poca compresión. 
4. Contraste alto y fuentes simples
Lo más fácil de leer es letra negra sobre fondo blanco o letra blanca sobre fondo negro. No hay razones de peso para usar un esquema de colores diferente, a menos que quieras quemar la retina de tu público (para eso, nada como rojo sobre verde).
5. Escribe poco texto y sencillo
La gente ha venido a escuchar lo que dices, no a leer. El material que aparece en las diapositivas sirve únicamente para fijar la atención y para apoyar tus palabras. Todo lo demás debe ser impreso o eliminado
 
 
 



lunes, 25 de julio de 2016

Evaluacion de los programas nacionales de formacion. Resolucion 2593, gaceta oficial 39.839 10 de enero del 2012.



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACION UNIVERSITARIA
DESPACHO DE LA MINISTRA
RESOLUCION NUMERO 2.593 CARACAS 10 DE ENE 2012
AÑOS 201 Y 152

LINEAMIENTOS DE EVALUACION PNF GACETA 39.839
De conformidad con lo previsto de los artículos 62 y 67.15 y 77.19 del decreto numero 6.297 con rango, valor y fuerza de ley organica de la administración publica; en concordancia con el articulo 25 del decreto numero 6.232 sobre la organización y funcionamiento de la administración publica nacional. 

POR CUANTO

El supremo compromiso y la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, en la contruccion de la republica bolivariana de Venezuela basada en principios humanistas, se sustenta en condiciones morales y éticas.

POR CUANTO

El desarrollo del país requiere de una educación universitaria con justicia y compromiso social, fundamental para emprender acciones que copnduzcan havia la concercion de una universidad orientada hacia lo nacional, lo estatal, lo municipal y lo comunitario valorado la cultura, las necesidades, las problemáticas, acervos, exigencias y potencialidades de desarrollo en cada contexto.

POR CUANTO

El gobierno Bolivariano, a través del ministerio del poder popular para la educación, universitaria, en el marco de los principios rectores que orientan la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico venezolano vigente, en plena correspondencia con el estado democrático, y social de derecho y de justicia, establece que la evaluación, en el marco de la misión alma mater, se concibe como proceso multidimensional de valoración, de los componentes y practicas educaticas con el objetivo de fomentar la reflexión critica la acción transformadora y la  coresponsabilidad de todos los actores.

POR CUANTO

La evaluación en los programas nacionales de formación en el marco de la misión alma mater, comprende la participación de docentes, estudiantes, personal administrativo y directivo, comunidades asi como la valoración de los procesos de diseño curricular, las practicas educativas, los aprendizajes.

ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS DE EVALUACION DEL DESEMPEÑO ESTUDIANTIL EN LOS PROGRAMAS NACIONALESDE FORMACION EN EL MARCO DE LA MISION ALMA MATER.

CAPITULO I
DISPOSICONES GENERALES

Artículo 1:

El presente instrumento tiene por objeto regular la evaluación del desempeño estudiantil de las cursantes y los cursantes de los Programas Nacionales de Formación creados y autorizados por el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria en el marco de la Misión Sucre y Misión Alma Mater. Los programas que se administren con otros países se regirán por una evaluación particular definida para su gestión.

Artículo 2:

El presente instrumento se aplicará en las instituciones universitarias que gestionan Programas Nacionales de Formación autorizados por el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria en el marco de la Misión Sucre y Misión Alma Mater.

Artículo 3:

La evaluación del desempeño estudiantil, dentro de los Programas Nacionales de Formación en el marco de la Misión Sucre y Misión Alma Mater, se concibe como un proceso formativo de valoración de los aprendizajes logrados por los estudiantes a lo largo de su experiencia formativa. Esto incluye la verificación de conocimientos, habilidades, destrezas y saberes, la inserción de los estudiantes en los diferentes espacios territoriales atendiendo a las necesidades socioproductivas, sociotecnológicas, sociocomunitarias.

CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO ESTUDIANTIL EN LOS PNF

Artículo 4:

La evaluación del desempeño estudiantil en los Programas Nacionales de Formación, tiene las siguientes características:
  1. Participativa: Constituye un proceso democrático donde todos los participantes, de manera sistemática, flexible y permanente, son protagonistas y tienen diferentes grados de poder de decisión en la experiencia educativa.
  2. Crítica: Promueve el análisis colectivo de los procesos de aprendizaje a fin de orientar y reorientar el proceso de formación, con el objetivo de contribuir con la transformación de la realidad educativa y su entorno.
  3. Consensuada: Atiende a criterios y procedimientos previamente acordados por los grupos de estudio, conformes a las intenciones curriculares de la actividad a evaluar.
  4. Integral: Considera tanto los procesos alcanzados como los logros formativos, crea y adopta estrategias, técnicas e instrumentos que permites evidenciar avances y logros en los diferentes ambientes y espacios de aprendizaje.
  5. Flexible: Se adapta y contextualiza a las situaciones. Condiciones y características del proceso formativo.


PRINCIPIOS

Artículo 5:

La evaluación del desempeño estudiantil en los Programas Nacionales de Formación, se ajustará a los siguientes principios:

  1. Corresponsabilidad: Entendida como la responsabilidad compartida por todos los actores en la valoración de los procesos educativos.
  2. Justicia: Se asume como la búsqueda y creación de los procesos necesarios para garantizar una evaluación que permita erradicar la exclusión en todas sus manifestaciones.
  3. Transparencia: Se entiende como la claridad de los criterios, procesos y resultados con que se llevarán a cabo la evaluación y el derecho al acceso oportuno a la información
  4. Integralidad: Considera al ser humano en su multidimensionalidad, reconociendo su cultura, ambiente, sentido de pertenencia, interacciones, limitaciones, formas de participación para la creación y transformación, asimismo, valora las dimensiones articuladas del ser, conocer, hacer, convivir y emprender de la profesionalidad.
  5. Transformadora: Permite orientar y reorientar el proceso de formación, así como realizar las rectificaciones necesarias para mejorar el desempeño institucional e impulsar el carácter liberador de la educación.


TIPOS DE EVALUACIÓN

Artículo 6:

La evaluación del desempeño estudiantil en los Programas Nacionales de Formación, se ajustará a los siguientes tipos:
1.       Inicial: Permite evidenciar los conocimientos y experiencias previas de las y los educándonos, con el propósito de adaptar los procesos de enseñanza a las necesidades educativas.
2.       De desarrollo o procesal: Permite construir reflexiones y autorreflexiones sobre los procesos de aprendizaje, los logros educativos alcanzados y por alcanzar, y acciones de mejoramiento de la formación.
3.       De cierre: Está dirigida a evidenciar de manera integral los logros educativos alcanzados por las y los estudiantes en los diferentes componentes del Desarrollo Curricular, para la asignación de calificaciones y cualificaciones de conformidad a la escala establecida, además de determinar y retroalimentar las condiciones.

Artículo 7:

Las formas de participación de la evaluación en los Programas Nacionales de Formación son:
  1. Autoevaluación: Es un proceso que le permite al estudiante reconocer en sí mismo, sus potencialidades, limitaciones y emprender acciones necesarias para alcanzar el pleno desarrollo de sus conocimientos, habilidades, destrezas y saberes.
  2. Coevaluación: Es un proceso de valoración recíproca, entre los estudiantes al compartirse experiencias, al construirse nuevos significados.
  3. Heteroevaluación: Es el proceso mediante el cual el docente evalúa al estudiante. Dependiendo de la naturaleza de la actividad de los componentes del desarrollo curricular esta forma de evaluación incluirá la participación de los órganos académicos de la institución y los entes locales, comunitarios y territoriales pertinentes.


Artículo 8:

Los niveles de participación de la evaluación de los Programas Nacionales de Formación son.
1.       Docentes: Encargados en resaltar el Plan de Evaluación y someterlo a consideración de la Comunidad Universitaria.
2.       Autoridades: Responsables de evaluar y aprobar de manera definitiva el Plan de Evaluación
3.       Estudiantes: Responsables de discutir, proponer y acordar con el docente las modificaciones pertinentes al Plan de Evaluación.

Artículo 9:

Las actividades son ejercitaciones que forman parte del desarrollo curricular y tienen por finalidad proporcionar en los estudiantes la oportunidad de vivenciar y experimentar hechos o comportamientos para pensar, adquirir conocimientos, desarrollar actitudes sociales, integrar un esquema de valores e ideas, y conseguir determinadas destrezas y habilidades específicas.

Artículo 10:

Las técnicas son los procedimientos que garantizan el éxito de la obtención de la información y valoración.

Artículo 11:

Los instrumentos de evaluación son los recursos utilizados para obtener información y así poder valorar el proceso de información.

PLAN DE EVALUACIÓN

Artículo 12:

En los Programas Nacionales de Formación, cada componente del Desarrollo Curricular contará con un Plan de Evaluación. El Plan de Evaluación se define como el instrumento que permite organizar las diferentes acciones para la valoración de los aprendizajes logrados por los estudiantes.

Artículo 13:

Todo Plan de Evaluación debe contemplar, como mínimo:

  1. Elementos directrices incluyendo indicadores de logros, objetivos, contenidos, y otros criterios que orienten al proceso formativo.
  2. Estrategias a desarrollar incluyendo actividades, técnicas o instrumentos para la evaluación de cada elemento directriz.
  3. Ponderación asignada a cada actividad para evaluar los resultados considerando lo tipos de evaluación y forma de participación.
  4. Indicará el tipo de evaluación.
  5. Cronograma y duración indicando la fecha y el lapso de ejecución de la evaluación.


PONDERACIONES

Artículo 14:

En la primera semana de haberse iniciado las actividades académicas del Trayecto correspondiente, el profesor, en cada Unidad Curricular, está en la obligación de presentar y discutir la propuesta del Plan de Evaluación con los estudiantes, el cual, una vez aprobado por los involucrados, será objeto de obligatorio cumplimiento. El Plan de Evaluación, con el debido respaldo de las firmas del docente y de los estudiantes, será entregado en la tercera semana de actividades académicas en la unidad académico-administrativa correspondiente. En el Plan de Evaluación se pueden producir ajustes, por las características de flexibilidad, éstas deben justificarse y comunicarse por escrito a la instancia correspondiente con el aval del docente y los estudiantes. Las ponderaciones de las distintas actividades estarán establecida entre un mínimo de cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%). En ningún caso se podrá alterarse la ponderación de las distintas actividades definidas.

CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DEL PROYECTO

Artículo 15:

Los criterios para la evaluación del desarrollo del Proyecto son los siguientes:

  1. Pertinencia y vinculación integral e integradora con las comunidades y las necesidades socioproductivas, sociocomunitarias y sociotecnológicas con visión territorial.
  2. Participación activa en el desarrollo de las fases proyectos.
  3. Cumplir con los requisitos mínimos formales de una investigación.

EVALUADORES DEL PROYECTO

Artículo 16:

De conformidad con las características de la evaluación establecidas en el artículo 4 del presente instrumento, los participantes del proceso de evaluación serán:
  1. La o el estudiante representante del proyecto
  2. Un representante del Conejo Comunal, organización comunal o social e institución político privada en el área del proyecto.
  3. Un representante institucional u organizacional del área del proyecto.
  4. La o el docente-asesor responsable del proyecto.


Artículo 17:

La calificación se expresará en una escala del uno (01) al veinte (20). La nota mínima aprobatoria para las unidades curriculares es doce (12) y para el proyecto dieciséis (16). La escala de calificación será la siguiente:


Nivel de logro en la
Unidad curricular
Calificación
96% - 100%
20
91% - 95%
19
86% - 90%
18
81% - 85%
17
76% - 80%
16
71% - 75%
15
66% - 70%
14
61% - 65%
13
56% - 60%
12
51% - 55%
11
46% - 50%
10
41% - 45%
09
36% - 40%
08
31% - 35%
07
26% - 30%
06
21% - 25%
05
16% - 20%
04
11% - 15%
03
6% - 10%
02
1% - 5%
01

Artículo 18:

Se considera aprobada la unidad curricular, cuando el estudiante haya cumplido al menos, las siguientes condiciones:

  1. Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.
  2. Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.


Artículo 19:

Se considera aprobado el proyecto cuando el estudiante haya cumplido las siguientes condiciones:

  1. Haber obtenido la calificación mínima de dieciséis (16) puntos al concluir el trayecto.
  2. Presentar ante los evaluadores del proyecto un informe oral y escrito de la sistematización del desarrollo del mismo.


Artículo 20:

La evaluación del proyecto y demás componentes del Desarrollo Curricular será continua, acumulativa y permanente durante el trayecto de formación.

Artículo 21:

Se considera aprobada la práctica profesional, cuando el estudiante haya cumplido las siguientes condiciones:
  1. Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos en la práctica profesional.
  2. Haber asistido como mínimo a  un ochenta por ciento (80%) de las horas presenciales de la práctica profesional.


Artículo 22:

La recuperación de una actividad de evaluación en una unidad curricular se realizará cuando:

  1. El estudiante que haya realizado la actividad y no obtuvo la calificación mínima de aprobación, es decir, doce (12) puntos.
  2. El sesenta por ciento (60%) de la población estudiantil de una sección de la unidad curricular no hay aprobado la evaluación. La recuperación de la actividad se realizará una sola vez.


Artículo 23:

Los estudiantes que hayan obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos, pero quieran mejorar su calificación, podrán realizar la actividad de evaluación en una sola oportunidad en el lapso establecido según acuerdo con el docente y se le colocará la calificación obtenida en ella.

Artículo 24:

Los estudiantes que no cumplan con la condición establecida en el Artículo 22 Numeral 1 del presente instrumento por causa de enfermedad, deben presentar justificativo e informe médico avalado por las instituciones de salud correspondiente ante el docente de la unidad curricular con el fin de evaluar su caso y considere la recuperación o no de la evaluación.

Artículo 25:

El Plan Especial de Recuperación, tiene como objetivo, proporcionar nuevas oportunidades para que la estudiante o el estudiante alcance las metas establecidas en la unidad curricular correspondiente. Cada institución universitaria debe planificar y ejecutar el plan al concluir el trayecto.

Artículo 26:

Para que el estudiante tenga derecho a inscribir un máximo de tres (3) unidades curriculares no aprobadas en el trayecto en el Plan Especial de Recuperación deben existir las siguientes condiciones en cada una de las unidades curriculares:

  1. Haber obtenido la calificación mínima de seis (6) puntos.
  2. Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.


Artículo 27:

Los estudiantes que no cumplan con las condiciones establecidas en el Artículo 26 del presente instrumento por causa de enfermedad, deben presentar justificativo e informe médico avalado por las instituciones de salud correspondiente ante las autoridades de la institución universitaria con el fin de evaluar su caso y consideren la inscripción o no de la estudiante o el estudiante en el Plan Especial de Recuperación.

Artículo 28:

El plan especial de recuperación no aplica para el proyecto.

Artículo 29:

 Cuando en alguna actividad de evaluación del desempeño, la o el estudiante o un grupo de estudiantes incurran en faltas que comprometan la validez y originalidad de los resultados, el docente no aprobará la evaluación a los implicados y elaborará el acta correspondiente. El afectado o los afectados por la medida, recibirán el mínimo puntaje de la escala, sin menoscabo de las demás sanciones a que haya lugar. El docente enviará copia del acta a las instancias académicas administrativas correspondientes.